domingo, 26 de enero de 2014

LOS ARQUITECTOS ENTRE LOS TÉCNICOS ACREDITADOS PARA REALIZAR AUDITORÍAS ENERGÉTICAS según el nuevo proyecto RD que transpone parcialmente la Directiva de Eficiencia Energética en Edificios 2012/27/UE.

El pasado 23 de enero ha sido publicado el borrador de Real Decreto que transpone parcialmente la Directiva de Eficiencia Energética en Edificios 2012/27/UE.

Su contenido se centra en las auditorías energéticas, sistemas de acreditación para auditores energéticos y proveedores de servicios energéticos, la promoción de la eficiencia energética en los procesos de producción y uso del calor y del frío, y la contabilización del consumo de agua caliente sanitaria, calefacción y refrigeración.

En el capítulo II, “Auditorías energéticas”, se desarrolla la regulación de éstas. Las auditorías energéticas son herramientas que permiten a las organizaciones conocer su situación respecto al uso de energía y que, por el hecho de realizarse de forma distinta según los sectores, las empresas y los países, requieren de una normalización que permita hacer comparables los resultados obtenidos.

El Proyecto define «auditoría energética», como todo procedimiento sistemático destinado a obtener conocimientos adecuados del perfil de consumo de energía existente de un edificio o grupo de edificios, de una instalación u operación industrial o comercial, o de un servicio privado o público, así como para determinar y cuantificar las posibilidades de ahorro de energía a un coste eficiente e informar al respecto

Estas auditorías permiten detectar las posibilidades que tienen los procesos para mejorar el ahorro y la eficiencia de la energía primaria consumida, así como para optimizar la demanda energética de la instalación. También analizan el uso y la diversificación de las fuentes energéticas, incluyendo la optimización por cambio de combustible.

Este proyecto de Real Decreto establece la obligación, para las empresas no PYMES, entendiendo por tales aquellas que cuentan con más de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual excede de 43 millones de euros, de realizar una auditoría energética antes del 5 de diciembre de 2015 y, posteriormente, como mínimo, cada cuatro años.

El capítulo III, “Sistema de acreditación para proveedores de servicios energéticos y auditores energéticos”, regula las condiciones y requisitos que deben observarse para la acreditación de estos proveedores y auditores. El valor de las actividades de evaluación de la conformidad, depende en gran medida de su credibilidad y de la confianza que el mercado y la sociedad, en general, tenga en dichos verificadores, por ello es fundamental la acreditación que garantice la profesionalidad, transparencia y buen hacer.



Las auditorías energéticas deben estar realizadas por auditores energéticos debidamente habilitados. A este respecto se define «Auditor energético» como la persona física o jurídica con capacidad personal y técnica demostrada y competencia para llevar a cabo una auditoría energética.

Según el proyecto de Real Decreto, en el caso de persona física, acredita dicha cualificación, como auditor, la posesión de una titulación universitaria de ingeniería o arquitectura, de grado medio o superior, u otras licenciaturas o Master universitarios en disciplinas científico-técnicas.

En el caso de una persona jurídica, se entenderá acreditada la cualificación cuando al menos uno de los titulares de la empresa disponga de la citada titulación o la empresa cuente entre el personal laboral contratado con, al menos, una persona que disponga de ella.

El capítulo IV, “Promoción de la eficiencia energética en la producción y uso del calor y del frío”, regula la evaluación del potencial de cogeneración de alta eficiencia y de sistemas urbanos de calefacción y refrigeración que se debe realizar, con objeto de facilitar información a los inversores en cuanto a los planes nacionales de desarrollo y contribuir a un entorno estable y propicio para las inversiones.

El capítulo V, “Contabilización de consumo de calor, frio y agua caliente sanitaria en edificios, regula las condiciones y requisitos que deben observarse para la contabilización individual de los consumos de las instalaciones térmicas de los edificios existentes. En la disposición transitoria tercera se señala la obligatoriedad, a partir del 1 de enero de 2017, de la contabilidad individualizada de consumos de todas las instalaciones térmicas de edificios existentes que cuenten con una instalación centralizada.

viernes, 24 de enero de 2014

ARQUITECTOS Y ARQUITECTOS TECNICOS únicos técnicos competentes para suscribir el IEE

El Ministerio de Fomento, a través de la Subdirección General de Urbanismo ha emitido una Nota Informativa sobre la capacitación para suscribir el informe de evaluación de edificios (IEE) regulado por la Ley 8/2013, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas.

Esta comunicación tiene el objeto de contribuir a aclarar el tema referenciado según la regulación vigente, así como la interpretación que de la misma realiza la Subdirección General.

lunes, 20 de enero de 2014

Los cuatro culpables del fracaso de la certificación energética en España

Han pasado siete meses y medio desde la implantación de la certificación energética en España. Desde el pasado 1 de junio de 2013, cualquiera que quiera vender o alquilar su vivienda necesita contar con el certificado energético. Una pegatina con una letra y un color que nos indica cómo de eficiente es el inmueble, es decir, cuánta energía necesita consumir para mantenerse a una temperatura agradable tanto en verano como en invierno.
A diferencia de otros países como Francia o Alemania, donde en 2007 se implantó dicha certificación, España ha hecho los deberes en el último momento y según diferentes expertos, si hubiera que evaluar lo realizado hasta ahora, suspenderíamos con nota. Pero, ¿por qué?


1.- Prisas y tardanza del Gobierno
Para Pilar Pereda, secretaria general del Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM), no puede hablarse de un solo culpable en el fracaso de la certificación energética en nuestro país. Pero, sin duda, gran parte de culpa la tiene el Gobierno. “El real decreto ha llegado tarde y con prisas”, destaca Pereda. Las comunidades autónomas, que son las que tienen cedidas las competencias para su implantación, apenas dispusieron de tres meses para habilitar los registros. Algunas de ellas, como Aragón, todavía no cuentan con él. Ni tampoco Ceuta ni Melilla.
"Desde que entró en vigor la normativa, las comunidades han aplicado fórmulas diferentes y a distinto tiempo para el registro de los certificados energéticos", apuntan desde Certicalia.com, empresa encargada de poner en contacto a los técnicos certificadores con los clientes. "A día de hoy, aún falta por abrir el registro de Aragón".

 Sin olvidar que algunas comunidades han implantado un 'tasazo' solamente por registrar los certificados. "Existen comunidades en las que, aunque hasta ahora era gratuito realizar el registro, van a imponer tasas en 2014. Este es el caso de la Comunidad Valenciana, que va a cobrar 10 euros y La Rioja, 37,95; o Castilla y León, donde el registro cuesta 29,10 euros". 
Las prisas han provocado, además, una aplicación incorrecta de la regulación. “La falta de información de la que disponen los ciudadanos acerca del certificado energético hace que no se aplique la normativa de manera correcta. Encontramos propietarios que piensan que no necesitan el certificado hasta la firma del contrato. En general, desconocen que la obligación es la de mostrar la etiqueta energética en el anuncio del inmueble, tanto si es para venta o para alquiler”, apuntan desde Certicalia.com.


2.- Guerra de precios entre técnicos
“El tema de la certificación energética se ha convertido en una tarta enorme. Hay miles de viviendas que certificar, lo que ha provocado que muchos profesionales quieran una parte del pastel. Algunos, de hecho, se quieren llevar el trozo más grande y, para conseguirlo, no se han planteado hacerlo bien, sino hacerlo al menor precio posible, algunos prácticamente gratis”, lamenta Pilar Pereda. “Algunos técnicos están haciendo los certificados incluso por teléfono, preguntando directamente al propietario de una vivienda por la densidad de sus muros o el material de las ventanas”.
“La crisis y la falta de trabajo están afectando a los técnicos y muchos no se dan cuenta de la responsabilidad que se están echando a las espaldas. Con tal de trabajar les da igual y están perjudicando a toda la profesión", añade Pereda.
Tanto es así que, como ya informó El Confidencial, se ha producido y se sigue produciendo un auténtico mercadeo con la certificación energética. Con cupones descuento y técnicos que pujan a la baja por realizarlo.
Una situación, según denuncian muchos de estos profesionales, a la que ha contribuido la falta de unas tarifas oficiales que marquen unos honorarios mínimos. De hecho, para las certificaciones de inmuebles públicos, el Ministerio de Hacienda sí ha fijado unos precios mínimos: 184 euros hasta 80 metros cuadrados. "Deberían haber existido, pero la Ley de la Libre Competencia las prohíbe", recuerda Pilar Pereda.
Desde Certicalia.com señalan que durante estos siete meses de normativa, "el precio del certificado energético ha bajado adaptándose a la situación del mercado. Actualmente, el precio medio ofertado por un técnico en Certicalia para una vivienda de 100 metros cuadrados es de 93 euros, un 15% más barato que en junio de 2013, mientras que el certificado de un unifamiliar ha bajado un 20% hasta los 140 euros para 180 metros cuadrados". No obstante, son precios orientativos, puesto que cada técnico fija el precio que quiere aunque eso le suponga, en algunos casos, trabajar a pérdidas.

Foto: Certicalia.com

3.- Una sociedad sin conciencia energética
El hecho de que la certificación energética no haya terminado de cuajar también es un problema de responsabilidad ciudadana. "En España, la sociedad no valora en absoluto los temas energéticos. Además, en un momento de crisis como el actual, a la gente no se le puede hablar de emisiones de CO2,  hay que hacerlo en términos de ahorro económico. Cómo le vas a hablar a una familia de reducir emisiones de CO2 cuando apenas tiene dinero para comprar la comida para sus hijos. Hablémosles de ahorro en euros. De cómo subiendo la letra de una vivienda de E a B podemos conseguir un ahorro energético del 70% de energía", explica Pereda.
Para Certicalia.com, “el certificado energético nos informa de las medidas específicas necesarias para ahorrar energía. Según los datos recogidos en los certificados energéticos por nuestra empresa, si se aplicasen las medidas de mejora sugeridas por los técnicos, en España ahorraríamos el 40% de la energía que gastamos en nuestros hogares”.
Con el ahorro económico que ello supondría. “La mayoría de los compradores e inquilinos no conoce la importancia de la eficiencia energética tanto para su economía como para su confort. La elección de una vivienda con una calificación u otra puede marcar una gran diferencia en el gasto mensual y en la calidad de vida”.
4.- Un programa informático que permite la trampa
Para Pilar Pereda, el fracaso también viene de la mano de los propios programas informáticos diseñados para realizar los certificados energéticos. “En su afán por simplificarlos permiten que muchísimos datos aparezcan por defecto. Con cuatro datos permite realizar el certificado energético. Y esto ha sido un enorme error.  Elaborar un certificado es mucho más complicado, hay que tener conocimientos técnicos y es absolutamente necesario que el técnico se desplace y vea in situ la vivienda a certificar".